A TODO EL PERSONAL,
PROVEEDORES DE SERVICIOS Y
CONTRATISTAS


Johanna M. Pastrana Díaz
Directora Ejecutiva

ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA PARA NOTIFICAR ACTOS CONSTITUTIVOS DE CORRUPCION O ILEGALES

Como servidores públicos, todos estamos llamados a observar una conducta que evidencie nuestro compromiso con el servicio público. Por lo tanto, debemos evitar cualquier tipo de conducta impropia que pueda minar la confianza de los empleados del Área Local Guaynabo-Toa Baja. Con el fin de promover una administración pública de excelencia y el uso efectivo y eficiente de los recursos del Área Local, hemos establecido un sistema de presentación de querellas o notificación de actos ilegales el cual estará a cargo de la Oficina de Auditoria Interna del Municipio de Guaynabo. A través de dicho Sistema, cualquier persona que conozca de cualquier acto ilegal, u observe uso indebido de la propiedad o fondos del Área Local podrá exponer la situación para su correspondiente investigación.

Las querellas presentadas deberán estar basadas en hechos concretos que reflejen la posible violación de leyes o reglamentos por parte de funcionarios o empleados del Área Local, suplidores, contratistas o personas particulares. También, pueden presentarse situaciones que impidan el buen funcionamiento de las operaciones del Área Local.

“Somos un patrono/programa con igualdad de oportunidades. Tenemos
servicios de apoyo para personas con impedimentos, que así lo soliciten.”

No serán consideradas las querellas de asuntos estrictamente personales o que estén fuera de la jurisdicción del Área Local. Todo querellante, denunciante o testigo de alegados actos constitutivos de corrupción o ilegales, así como el mal uso de la propiedad y fondos publicaos está protegido por la Ley Núm. 426 del 7 de noviembre de 2000 y por la Ley Núm. 14 del 11 de abril de 2001.

Las querellas o notificación podrán ser presentadas de las siguientes formas:
  • Personalmente en la Oficina de Auditoria Interna ubicada en:

Edificio Alcaldía Anexo 1 Piso 3
Calle José Julián Acosta
Guaynabo, Puerto Rico

  • Por correo a la siguiente dirección:

Municipio Autónomo de Guaynabo
Oficina de Auditoria Interna
Atención: AREA DE QUERELLAS
P.O. Box 7885
Guaynabo, P.R. 00970

  • Por correo electrónico: auditoriahotline@guaynabocity.gov.pr
  • Por Telefono: (787) 946-3235
Es importante resaltar que toda querella o notificación recibida será confidencial. El nombre del querellante se mantendrá en absoluta confidencialidad, a menos que éste nos autorice a mencionarlo. Por la naturaleza pública de la Internet, la información provista podrá ser interceptada durante su transmisión por personas ajenas al personal de la Oficina de Auditoría Interna designado, por lo que no podemos garantizar la confidencialidad de su dirección en el Internet ni del contenido de su mensaje.

Las querellas o notificaciones presentadas deberán contener la siguiente información:
• Nombre del funcionario o empleado contra quien se hacen las imputaciones o alegaciones
• Departamento donde labora dicho funcionario o empleado
• Relación o descripción de hechos que motivan la querella
• Si se utilizó propiedad del Área Local para la alegada comisión del acto ilegal, se deberá proveer descripción clara de dicha propiedad
• Fecha en que ocurrieron los hechos
• Forma o manera en que se obtuvo conocimiento de los hechos
• Evidencia documental o testifical disponible
• Nombres de posibles testigos
• Datos de la persona que somete la querella (OPCIONAL)
○ Nombre
○ Dirección residencial y/o postal
○ Teléfono (residencial, celular y/o trabajo)
○ Dirección de correo electrónico
○ En caso de ser necesario, indicar si autoriza que se revele su nombre para propósitos investigativos
○ En caso de ser necesario, indicar si está dispuesto a cooperar o suministrar información adicional


Serán evaluadas todas aquellas querellas que sean recibidas, siempre y cuando cumplan con la información necesaria o mínima para comenzar un proceso investigativo. De recibirse información incompleta o no verificable, se notificará al querellante para que provea información adicional necesaria, si el querellante proveyó alguna dirección o medio de comunicación mediante el cual pueda efectuarse dicha solicitud. En caso de no tener disponible dirección del querellante u otro medio de comunicación se procederá a descartar la querella.

Para mantener un control de las querellas recibidas, investigadas y concluidas, la Oficina de Auditoria Interna establecerá un “Registro de Querellas”. En el mismo se anotarán las querellas recibidas con la información necesaria o mínima para iniciar un proceso investigativo y se le asignará un número compuesto por el año fiscal y un número correlativo según el orden de llegada. No se incorporarán al Registro de Querellas aquéllas que no contengan suficiente información, o que la misma no sea verificable, para iniciar un proceso investigativo. La Oficina de Auditoría Interna se reserva el derecho de prestar mayor atención a querellas de alegados actos ilegales que puedan paralizar o afectar de forma inmediata las operaciones del Área Local; o que el alegado acto ilegal ponga en riesgo la vida, salud y bienestar de los empleados o funcionarios del Área Local.

Durante el transcurso de la investigación no se revelará ningún tipo de información sobre el estatus de la misma. Los resultados de la investigación serán informados al (la) Director(a) Ejecutivo(a) mediante un informe de auditoría confidencial con las recomendaciones que se consideren necesarias. De confirmarse la posible comisión de actos constitutivos de corrupción o ilegales, se procederá con los correspondientes referidos a la Oficina del Contralor de Puerto Rico, Departamento de Justicia y la Oficina de Ética Gubernamental.

Este sistema comenzará y tendrá vigencia inmediata y será divulgado para conocimiento público a través de diferentes medios, tales como memorandos internos, cartas circulares y el Portal en la Red Cibernética (Internet) del Área Local.

Contamos con su cooperación para mantener un a sana administración en nuestra Área Local.